La Cámara de Diputados recibe histórico Proyecto de Ley para la Revisión de Procesos Penales Viciados por Persecución Política

Una iniciativa legislativa sin precedentes que busca restaurar el Estado de Derecho y reparar casi dos décadas de abusos judiciales en Bolivia

ActualidadHace 3 horasRedacciónRedacción

La Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia marca un hito histórico con la presentación formal del Proyecto de Ley para la Revisión de Procesos Penales Viciados por Móviles de Persecución Política, una iniciativa legislativa que aspira a convertirse en un instrumento fundamental para la restauración democrática y la reparación de las graves injusticias cometidas contra cientos de ciudadanos bolivianos durante casi dos décadas de manipulación del sistema judicial.

El proyecto, presentado por el Diputado Nacional Carlos Alarcón Mondonio ante el Presidente de la Cámara de Diputados, Roberto Julio Castro Salazar, representa un esfuerzo integral por abordar una de las deudas más profundas que el Estado boliviano tiene con sus ciudadanos: la utilización sistemática del aparato judicial como herramienta de persecución política, represalia y neutralización de la oposición y la disidencia social.

 
Un diagnóstico contundente: casi veinte años de terrorismo judicial

La exposición de motivos del proyecto de ley presenta un diagnóstico exhaustivo y profundamente preocupante sobre el estado del sistema de justicia boliviano durante el período comprendido entre enero de 2006 y octubre de 2025. Durante estas casi dos décadas, según documenta la iniciativa, se han tramitado procesos penales promovidos sobre la base de causas írritas, viciadas por móviles de persecución política, que han generado centenares de presos, perseguidos y refugiados políticos.

El documento legislativo señala con claridad que esta situación es consecuencia directa de la manipulación y presión política ejercida sobre jueces y fiscales, así como de la anulación o desnaturalización de las garantías institucionales y procesales que deberían proteger a todo ciudadano sometido a un proceso penal. Esta manipulación sistemática ha convertido en imposible para los procesados obtener una justicia oportuna y proba, transformando los procesos judiciales en instrumentos de persecución antes que en mecanismos de búsqueda de la verdad y aplicación imparcial de la ley.

La iniciativa legislativa no escatima en la descripción de las consecuencias devastadoras de esta patología institucional. La ausencia de garantías fundamentales como la independencia e imparcialidad de jueces y fiscales, sumada a la vulneración sistemática del derecho a la defensa y del debido proceso, ha conllevado un estado absoluto de indefensión para los procesados. Los ciudadanos afectados se han visto privados de cualquier posibilidad real y efectiva de utilizar medios de defensa eficientes y eficaces, convirtiendo los procesos en un simulacro de justicia donde las formas y apariencias sustituyen a la verdadera administración de justicia.

 
El abuso de la detención preventiva: una herramienta de coerción sistemática

Uno de los elementos más graves denunciados en el proyecto de ley es el uso abusivo y sistemático de la detención preventiva como mecanismo de presión contra los procesados. Esta práctica, que contradice los principios más elementales del derecho penal moderno y las garantías constitucionales e internacionales, ha sido utilizada para forzar a los detenidos a declararse culpables sin serlo, mediante procesos abreviados que fueron utilizados para legitimar estos espurios procesos penales.

El documento es enfático al señalar que esta utilización perversa de la prisión preventiva ha convertido a jueces y fiscales en verdugos antes que en verdaderos administradores de justicia. La detención preventiva, que según los estándares internacionales debe ser una medida excepcional y de última ratio, se transformó en Bolivia en la regla general, utilizada sistemáticamente para quebrar la resistencia de los acusados y forzarlos a aceptar condenas por delitos que en muchos casos jamás cometieron.

Esta práctica representa una violación flagrante de los principios establecidos en la Constitución Política del Estado, que en su artículo 116 garantiza la presunción de inocencia y establece que durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado. Asimismo, vulnera el artículo 117 constitucional, que establece categóricamente que ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso.

 
La injerencia del Poder Ejecutivo en la administración de justicia

El proyecto de ley denuncia con particular énfasis la injerencia abusiva, ilegal y delincuencial de los Ministerios de Justicia y de Gobierno en el funcionamiento del sistema judicial. Según la exposición de motivos, estas instituciones del Poder Ejecutivo no proyectaron políticas de Estado orientadas a garantizar la justicia y seguridad de todos los bolivianos y el pleno respeto a los derechos humanos, sino que se convirtieron en órganos de eliminación y destrucción de la oposición política y de la disidencia social y ciudadana.

Esta caracterización es de suma gravedad, pues implica que las instituciones estatales encargadas de velar por el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos ciudadanos fueron instrumentalizadas para fines diametralmente opuestos: la persecución sistemática de aquellos ciudadanos considerados adversarios del régimen político de turno. El documento identifica específicamente a los gobiernos del ex Presidente Evo Morales Ayma y de Luis Arce Catacora como responsables de alcanzar la máxima expresión de esta patología judicial, particularmente como consecuencia del fraude electoral que generó una profunda crisis institucional en el país.

 
La invención de delitos como estrategia de terror

Quizás uno de los elementos más perturbadores del diagnóstico presentado en el proyecto de ley es la denuncia de que se han montado procesos penales inventándose delitos que no existieron y que por ende no se cometieron. Esta práctica, que constituye una de las formas más graves de abuso del poder estatal, ha sido utilizada según el documento para alcanzar objetivos políticos de persecución, represalia y neutralización de los considerados enemigos del régimen.

El proyecto señala que esta estrategia ha generado terror en el conjunto de la sociedad boliviana, utilizando la cárcel como amenaza permanente y sistemática contra cualquier persona disidente o contestataria con el régimen autoritario. Esta utilización del sistema penal como instrumento de terror político constituye una violación gravísima de los principios fundamentales del Estado de Derecho y de las garantías establecidas tanto en la Constitución boliviana como en los tratados internacionales de derechos humanos de los que Bolivia es parte.

 
Los mecanismos procesales propuestos: una respuesta integral

Ante este panorama desolador, el proyecto de ley propone dos mecanismos procesales concretos como medidas de restauración que, a través de revisiones de la autoridad judicial competente, permitan conseguir la anulación de estos procesos inicuos. Estos mecanismos representan una innovación significativa en el ordenamiento jurídico boliviano y están diseñados para abordar las diferentes situaciones procesales en las que pueden encontrarse los afectados.

La Excepción Extraordinaria constituye el primer mecanismo propuesto. Esta figura procesal está diseñada para los procesos penales que no tienen condena ejecutoriada, es decir, para aquellos casos que aún se encuentran en trámite o que no han alcanzado una sentencia definitiva. La excepción extraordinaria será tramitada como excepción de previo y especial pronunciamiento, lo que significa que suspenderá las actuaciones procesales hasta que se resuelva la excepción con calidad de cosa juzgada. Este mecanismo permite a los imputados, acusados o condenados dentro del ámbito establecido en la ley interponer la excepción extraordinaria de procesamiento indebido por causa írrita motivada en persecución política en cualquier momento y ante cualquier instancia del proceso.

El Recurso de Revisión constituye el segundo mecanismo, diseñado específicamente para los procesos con sentencia condenatoria ejecutoriada. Este recurso incorpora como causal extraordinaria de revisión de las condenas ejecutoriadas la establecida en la ley, añadiendo un nuevo numeral al artículo 421 del Código de Procedimiento Penal. La nueva causal de procedencia establecida permite la revisión cuando el proceso penal se hubiera promovido de manera evidente por causa írrita, motivada en persecución política.

 
El procedimiento: garantías y efectos

El proyecto de ley establece un procedimiento detallado que garantiza los derechos de todas las partes involucradas. La presentación de la excepción tendrá efectos suspensivos dentro del proceso hasta su resolución definitiva, lo que protege a los afectados de la continuación de procesos potencialmente viciados mientras se determina la procedencia de la excepción. El trámite se sujetará al procedimiento y plazos de los incidentes, con participación de todas las partes apersonadas en el proceso.

El accionante de la excepción podrá ofrecer y acompañar todo tipo de pruebas que demuestren la base y fundamento de la misma, garantizando así un proceso probatorio amplio que permita establecer con claridad si el proceso penal objeto de cuestionamiento fue efectivamente motivado por persecución política. La excepción extraordinaria será presentada ante el Juez o Tribunal que está conociendo el proceso, en la etapa o fase en la que se encuentra, y su resolución se pronunciará sobre el fondo de la misma.

Un aspecto particularmente importante del procedimiento es la posibilidad de presentación individual o conjunta de la excepción, así como la admisión de adhesiones de otras partes que no la presentaron inicialmente. Esto permite una economía procesal significativa en casos donde múltiples personas hayan sido afectadas por el mismo proceso viciado. El Juez o Tribunal que resuelva la excepción podrá fundamentar su decisión en razones de buena fe y equidad, y podrá rechazarla también in límine cuando resulte evidente de sus propios términos y contenidos que está fuera del alcance del objeto de la ley.

 
El sistema de recursos: garantizando la revisión integral

El proyecto establece un sistema de recursos que garantiza la posibilidad de revisión de las decisiones judiciales en múltiples instancias. La resolución será apelable por cualquiera de las partes ante la misma autoridad judicial que la dictó, y el recurso será resuelto por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia. Contra la resolución del Recurso de Apelación procederá únicamente el Recurso de Casación, que será resuelto por el Pleno del Tribunal Supremo de Justicia, con exclusión de los Magistrados que resolvieron la apelación.

Este diseño procesal busca garantizar una revisión integral y objetiva de los casos, evitando que los mismos magistrados que conocieron en una instancia participen en la siguiente, lo que fortalece la imparcialidad del proceso. El Recurso de Casación será tramitado como cuestión de puro derecho, sin el requisito de invocar precedentes judiciales y con resolución definitiva sobre el fondo de lo planteado en el recurso.

 
Los efectos de la excepción fundada: reparación integral

Cuando el Juez o Tribunal competente declare fundada la excepción extraordinaria, los efectos serán de gran alcance y orientados a la reparación integral de los afectados. Se dispondrá la nulidad de todas las actuaciones hasta el vicio más antiguo, la extinción del proceso penal y el archivo de obrados. Conjuntamente, se ordenará el levantamiento y cancelación de todas las medidas cautelares, personales y reales, dispuestas en contra del accionante y de todos los imputados, acusados o condenados.

Estos efectos jurídicos se harán efectivos cuando la resolución judicial haya adquirido la cualidad de ejecutoriada, garantizando así la seguridad jurídica del proceso. En caso de que el Juez o Tribunal competente declare infundada la excepción extraordinaria, ejecutoriada esta resolución, se dispondrá la continuidad de las actuaciones procesales que quedaron suspendidas por efecto de la excepción.

 
Las exclusiones: respeto a los procesos por violaciones de derechos humanos

Un aspecto fundamental del proyecto de ley es el establecimiento de exclusiones específicas de su ámbito de aplicación. La ley no se aplicará a los procesos penales relativos a violaciones de los derechos humanos documentadas en instrumentos nacionales e internacionales, tales como los informes del Grupo Internacional de Expertos Independientes (GIEI), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y documentos equivalentes del ámbito nacional e internacional sobre violaciones a Derechos Humanos ocurridas en Bolivia.

Esta exclusión es de suma importancia, pues garantiza que la ley no será utilizada para beneficiar a quienes hayan cometido graves violaciones de derechos humanos. El proyecto busca reparar injusticias, no generar impunidad para quienes hayan vulnerado derechos fundamentales de los ciudadanos bolivianos. Esta distinción demuestra el equilibrio buscado por los legisladores entre la necesidad de reparar los abusos del sistema judicial y el imperativo de mantener la responsabilidad por las violaciones de derechos humanos.

 
El marco normativo: fundamentos constitucionales e internacionales

El proyecto de ley se fundamenta sólidamente en un amplio marco normativo que incluye tanto disposiciones constitucionales como instrumentos internacionales de derechos humanos. La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia proporciona el fundamento principal, particularmente a través de sus artículos 115, 116, 117, 119, 120, 121 y 178, que establecen las garantías fundamentales del debido proceso, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y los principios que deben regir la administración de justicia.

El artículo 115 constitucional establece que toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, y que el Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones. El artículo 178, por su parte, establece que la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos.

A nivel internacional, el proyecto se fundamenta en la Convención Americana sobre Derechos Humanos de la OEA, particularmente en su artículo 8 sobre Garantías Judiciales y su artículo 9 sobre el Principio de Legalidad y de Retroactividad. Asimismo, se apoya en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, específicamente en sus artículos 9, 14 y 15, que establecen garantías fundamentales relacionadas con la libertad personal, las garantías procesales y el principio de legalidad penal.

 
La garantía de imparcialidad: el nuevo Tribunal Supremo de Justicia

Un elemento clave para el funcionamiento adecuado de los mecanismos establecidos en la ley es la garantía de que las decisiones definitivas sobre la Excepción Extraordinaria y el Recurso de Revisión estarán a cargo del Tribunal Supremo de Justicia en su nueva composición, emergente de las elecciones judiciales del 2024. Esta disposición busca garantizar que las decisiones sean tomadas por magistrados que no hayan sido parte del sistema que generó las injusticias que se pretenden reparar.

Esta previsión demuestra la consciencia de los legisladores sobre la importancia de la independencia e imparcialidad judicial para el funcionamiento efectivo de la ley. Si los mecanismos de revisión fueran resueltos por los mismos operadores judiciales que participaron en los procesos viciados, la posibilidad de obtener justicia efectiva se vería seriamente comprometida. La referencia específica a la nueva composición del Tribunal Supremo de Justicia busca precisamente evitar esta situación y garantizar una revisión verdaderamente imparcial de los casos.

 
Implicaciones para la democracia boliviana

La aprobación de este proyecto de ley tendría implicaciones profundas y duraderas para la democracia boliviana. En primer lugar, representaría un reconocimiento formal por parte del Estado de las graves violaciones al debido proceso y a los derechos humanos cometidas durante casi dos décadas. Este reconocimiento es un paso fundamental en cualquier proceso de justicia transicional y reconciliación nacional.

En segundo lugar, la ley proporcionaría mecanismos concretos y efectivos para reparar las injusticias cometidas. No se trata simplemente de una declaración simbólica, sino de la creación de instrumentos procesales que permitirán a los afectados buscar la anulación de procesos viciados y la restauración de sus derechos. Esta dimensión práctica y operativa de la ley es fundamental para que la reparación sea efectiva y no meramente retórica.

En tercer lugar, la aprobación de la ley enviaría un mensaje claro sobre los límites del poder estatal y las consecuencias de su abuso. La utilización del sistema de justicia como instrumento de persecución política constituye una de las formas más graves de abuso de poder, y la respuesta institucional a estos abusos es fundamental para establecer precedentes que disuadan su repetición en el futuro.

 
Un paso hacia la reconciliación nacional

El proyecto de ley debe ser entendido también en el contexto más amplio de la necesidad de reconciliación nacional en Bolivia. Las profundas divisiones políticas y sociales que han caracterizado al país en las últimas décadas han sido exacerbadas por la utilización del sistema judicial como arma política. La reparación de estas injusticias es un paso necesario, aunque no suficiente, para avanzar hacia una sociedad más cohesionada y democrática.

La reconciliación nacional no puede construirse sobre la base de injusticias no reparadas y agravios no reconocidos. El resentimiento generado por procesos judiciales viciados, encarcelamientos injustos y persecución política constituye un obstáculo permanente para la construcción de consensos y la consolidación democrática. Al proporcionar mecanismos para la revisión y eventual anulación de estos procesos, la ley contribuye a remover algunos de estos obstáculos y a crear condiciones más favorables para el diálogo y la reconciliación.

 
El compromiso con el Estado de Derecho

Fundamentalmente, este proyecto de ley representa un compromiso renovado con el Estado de Derecho. La existencia de mecanismos efectivos para corregir los abusos del poder judicial es un componente esencial de cualquier sistema jurídico que aspire a ser legítimo y justo. Ningún sistema de justicia es perfecto, pero lo que distingue a los sistemas democráticos es la existencia de mecanismos de corrección y reparación cuando se producen errores o abusos.

El proyecto reconoce implícitamente que el sistema de justicia boliviano ha fallado gravemente en su misión fundamental de administrar justicia de manera imparcial y conforme a derecho. Pero más allá del diagnóstico, proporciona soluciones concretas orientadas a reparar estos fallos. Esta combinación de reconocimiento del problema y propuesta de soluciones es precisamente lo que caracteriza a una respuesta institucional madura y responsable frente a los abusos del pasado.

 
La voz de las víctimas: centenares de familias esperan justicia

Detrás de las cifras y los tecnicismos jurídicos se encuentran las historias de centenares de ciudadanos bolivianos y sus familias que han sufrido las consecuencias devastadoras de la persecución judicial. Hombres y mujeres que vieron truncadas sus carreras profesionales, sus proyectos de vida y sus relaciones familiares por procesos penales iniciados sin fundamento real, motivados únicamente por su condición de opositores políticos o críticos del régimen.

Muchos de estos ciudadanos se vieron obligados a abandonar el país, convirtiéndose en refugiados políticos en tierras extranjeras. Otros permanecieron en Bolivia enfrentando procesos interminables que consumieron sus recursos económicos y su salud física y mental. Algunos pasaron años en prisión preventiva, esperando juicios que nunca llegaban o enfrentando sentencias dictadas en procesos amañados donde la conclusión estaba predeterminada.

El proyecto de ley representa para estas personas y sus familias una esperanza de justicia largamente postergada. La posibilidad de que sus casos sean revisados por tribunales imparciales, de que se reconozca oficialmente la naturaleza política de su persecución, y de que se anulen los procesos viciados que destruyeron sus vidas, constituye un acto de reparación que trasciende lo meramente jurídico para adentrarse en el terreno de la dignidad humana y el reconocimiento de sus sufrimientos.


Un momento histórico para Bolivia

La presentación del Proyecto de Ley para la Revisión de Procesos Penales Viciados por Móviles de Persecución Política marca un momento histórico para Bolivia. Se trata de una iniciativa que, de ser aprobada, tendría el potencial de reparar graves injusticias cometidas contra cientos de ciudadanos bolivianos, fortalecer el Estado de Derecho, y contribuir a la reconciliación nacional.

El proyecto representa el reconocimiento de que las leyes deben estar al servicio de corregir y reparar las grandes injusticias, como señala su propia exposición de motivos. Es una respuesta institucional a casi dos décadas de abusos que han causado el sufrimiento de centenares de procesados y de sus familias, quienes no han encontrado una respuesta oportuna, adecuada y estructural en el sistema de justicia.

La Asamblea Legislativa Plurinacional tiene ahora la responsabilidad histórica de analizar, debatir y eventualmente aprobar esta iniciativa legislativa. El tratamiento que reciba este proyecto de ley será un indicador claro del compromiso de las instituciones bolivianas con la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos. Bolivia y su pueblo merecen una justicia verdaderamente independiente, imparcial y respetuosa de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

El camino hacia la justicia y la reconciliación es largo y complejo, pero cada paso cuenta. Este proyecto de ley representa uno de esos pasos fundamentales que pueden marcar la diferencia entre un país atrapado en los ciclos de abuso y venganza, y una nación capaz de enfrentar su pasado con honestidad, reparar sus errores con dignidad, y construir un futuro donde la justicia sea verdaderamente igual para todos.

Últimas noticias
Te puede interesar
Lo más visto

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email