El FPV y PAN-BOL en riesgo de perder su personería jurídica por bajo rendimiento electoral

El TSE evalúa la cancelación del FPV y PAN-BOL tras su bajo desempeño electoral, mientras Evo Morales queda sin opción de candidatura por fallo constitucional.

Política14 de marzo de 2025RedacciónRedacción
Evo Morales
Foto: Archivo.PACTO. Evo Morales y los dirigentes del FPV cuando firmaron su acuerdo en el Chapare.

Los partidos enfrentan la posible cancelación de su personería jurídica tras no alcanzar el mínimo de votos requeridos en las elecciones de 2020.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Bolivia ha admitido una denuncia que podría resultar en la cancelación de la personería jurídica de los partidos Frente Para la Victoria (FPV) y Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-BOL). La denuncia, presentada por el ciudadano Peter Erlwein Beckhauser, se basa en el artículo 58 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, que establece la cancelación de la personería jurídica de los partidos que no obtengan al menos el 3% de los votos válidos en la última elección.

En las elecciones generales de 2020, el FPV obtuvo el 1,55% de los votos, mientras que PAN-BOL logró un 0,5%, ambos por debajo del umbral requerido. La admisión de la denuncia implica que ambos partidos tienen un plazo de cinco días hábiles para presentar sus descargos. El TSE deberá resolver la causa en un plazo de 23 días a partir de la admisión de la demanda.

Este proceso podría afectar la reciente alianza entre el FPV y el expresidente Evo Morales, quien busca postularse a la Presidencia en las próximas elecciones generales. Sin embargo, Morales no puede ser candidato debido a una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional que reafirmó la prohibición de la reelección indefinida, estableciendo que no es un derecho humano. La pérdida de la personería jurídica del FPV dejaría a Morales sin una plataforma política para seguir influenciando el panorama electoral.

El vocal del TSE, Tahuichi Quispe, confirmó que la admisión de la denuncia significa que ambas organizaciones políticas corren el riesgo de perder su personería jurídica, lo que les impediría participar en las elecciones del 17 de agosto.

La situación ha generado debate debido a la aplicación de la Ley N.º 1315 de 13 de agosto de 2020, la cual suspendió de manera excepcional la aplicación del artículo 58 de la Ley 1096 en los comicios de 2020. No obstante, esta norma establecía un plazo límite hasta el 31 de diciembre de 2021 para que los partidos adecuaran sus estatutos. La expresidenta Jeanine Áñez, quien firmó la ley, aclaró recientemente en su cuenta de X que esta norma "no dice absolutamente nada del incumplimiento del porcentaje de votos obtenidos en los comicios ni 'salvataje' fuera del 31 de diciembre de 2021". Áñez exigió al TSE que cumpla con la ley y la Constitución.

Desde el punto de vista legal, la Ley 1315 no eliminó el requisito del 3% de votos, sino que únicamente postergó su aplicación hasta el 31 de diciembre de 2021. Como ese plazo ya venció, el TSE no tendría margen legal para permitir que FPV y PAN-BOL mantengan su personería jurídica. La demora en la aplicación de esta norma por parte del TSE ha generado incertidumbre jurídica sobre su cumplimiento efectivo.

Se espera que el TSE emita una resolución final en las próximas semanas, lo que definirá la participación o exclusión de estos partidos en las próximas elecciones generales.

Fuentes:

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