
Del abordaje ilegal al cerco total: Gaza al borde de la desaparición ante la pasividad internacional
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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la acción de inconstitucionalidad presentada por Luis Fernando Camacho contra el delito de terrorismo en el Código Penal. Esta decisión podría tener un impacto significativo en el juicio del caso ‘golpe I’ y en otros procesos judiciales en curso. Si el delito es declarado inconstitucional, el proceso contra el gobernador cruceño y otros acusados podría sufrir modificaciones y retrasos.
Política08 de marzo de 2025El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ha dado curso a la solicitud de inconstitucionalidad presentada por el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, respecto al artículo 133 del Código Penal, que tipifica el delito de terrorismo. La medida busca la eliminación de este delito, el cual es central en el juicio del caso ‘golpe I’ y en otros procesos legales.
El auto constitucional 0538/2024-CA, emitido por el TCP, fue firmado por los magistrados Karem Gallardo, Isidora Jiménez y René Espada. En el documento se señala que la acción de inconstitucionalidad se fundamenta en principios de la Constitución Política del Estado, así como en tratados internacionales de derechos humanos.
La defensa de Camacho había presentado esta demanda el 13 de octubre de 2024 ante el Tribunal Sexto de Sentencia de La Paz, el cual rechazó la solicitud. Sin embargo, como parte del procedimiento judicial, el caso fue remitido al TCP en Sucre, donde el 2 de diciembre de 2024 se resolvió admitir la demanda, aunque la notificación oficial se realizó recién este 8 de marzo.
El exministro de Justicia Iván Lima ya había advertido sobre la posible aceptación de este recurso, señalando que, de proceder la eliminación del delito de terrorismo, el caso ‘golpe I’ enfrentaría complicaciones procesales. La Fiscalía acusa a Camacho por seis delitos en este juicio, incluyendo terrorismo, financiamiento al terrorismo, cohecho activo, seducción de tropas, instigación pública a delinquir y asociación delictuosa. Actualmente, el Código Penal establece una pena de 15 a 20 años para el delito de terrorismo.
Si el TCP finalmente declara inconstitucional este delito, el proceso contra Camacho y otros involucrados deberá ser revisado, lo que implicaría demoras en el juicio y la necesidad de ajustar las acusaciones.
El exministro Lima también recordó que la eliminación de los delitos de sedición y terrorismo del Código Penal ha sido una de las recomendaciones del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), con el fin de adecuar la legislación boliviana a estándares internacionales.
Asimismo, la decisión del TCP podría tener repercusiones en otros casos, como el de los dirigentes del ala "evista" del MAS, Humberto Claros y Ramiro Cucho, así como en el proceso judicial de los campesinos detenidos en Parotani y Mairana tras los enfrentamientos por bloqueos de caminos en noviembre de 2024.
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